Si se dispone de las dos garantías (Legal y comercial), ¿Cuál debe actuar primero?

 

 

 

Respuesta:

Al disponer de las dos garantías, siempre deberá actuar en primera opción la garantía comercial ya que se trata de una garantía adicional a la legal, contratada para cubrir una serie de elementos, cumpliendo con las condiciones adquiridas en ella, sea o no sea la avería una falta de conformidad.

Si la garantía comercial no tuviera ese elemento en cobertura, entonces deberá actuar la garantía legal en segunda opción, será entonces cuando será necesario determinar si se trata de una falta de conformidad o no para saber quién debe asumir la reparación.

 

 

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